615 2017 – Protenencia

BOLETÍN OFICIAL

Dolavon, Chubut, 15 de Septiembre de 2.017.-

VISTO​:
El Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos
(PROTENENCIA), creado por el Decreto 1088/2011, del Poder Ejecutivo Nacional; Y

CONSIDERANDO​:
Que, resulta dificultoso resolver las cuestiones de tenencia y sanidad de animales domésticos en nuestro distrito y que la implementación del programa «PROTENENCIA» resultaría de gran ayuda para mejorar la calidad de vida de canes y felinos y por consiguiente de los seres humanos;

Que, dicho programa fomenta la solución de modo no eutanásico de los conflictos surgidos de la convivencia entre seres humanos y los mencionados animales, sobre todo con aquellos que permanecen en las calles;

Que, la PROTENENCIA fomenta la elaboración, desarrollo e Implementación de Políticas de Sanidad adecuadas para preservación de perros y gatos;

Que, uno de los problemas más importantes que atañe a la salubridad pública producto de la superpoblación de animales en un medio urbano, es la transmisión de enfermedades como la rabia, la leishmaniosis visceral, la hidatidosis, la toxocariasis, la leptospirosis, la brucelosis y la toxoplasmosis. Así, un crecimiento no controlado de ellos importa un grave riesgo a la población que puede traducirse en la posibilidad de que estos animales perpetúen enfermedades transmisibles al ser humano;

Que, el Municipio se ha propuesto como meta generar un control de la población canina y felina mediante campañas de esterilización, bajo la premisa que ésta sea quirúrgica, temprana, masiva, sistemática, de ambos sexos, extendida en el tiempo, abarcativa y gratuita;

Que, el programa estimula la tenencia responsable de perros y gatos por parte de la familia adoptante, asegurando el bienestar de las mascotas, de las personas y por lo tanto del entorno. Debiendo considerarse que la tenencia responsable implica proveer al animal de los requerimientos básicos para su bienestar, a saber: la salud, la alimentación adecuada, el espacio de descanso protegido de las inclemencias del tiempo, el espacio para alimentar sus residuos, recreación, entre otros aspectos;

Que, el citado programa promueve la realización de campañas de vacunación antirrábica anuales y la desparasitación con antiparasitarios de amplio espectro de perros y gatos;

Que, frente a las dificultades presupuestarias y operativas manifiestas en nuestro municipio, es necesario coordinar acciones de zoonosis con otros estamentos gubernamentales;

Que, a través de la firma de un Acta Acuerdo el PROTENENCIA coopera con los municipios para la realización de esterilizaciones quirúrgicas, la formación de personal auxiliar veterinario, la difusión de las políticas implementadas de acciones de desparasitación y de acciones de vacunación;

-​1-

POR ELLO​:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE DOLAVON, ​en ejercicio de las
facultades que le confiere la ley XVI No 46 (antes Ley 3098), sanciona la presente:

– ​ORDENANZA​ –
ARTÍCULO 1o​: ADHIÉRASE en todos sus términos al Decreto Nacional N°1088/2011, «Creación del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos», encomendando al Departamento Ejecutivo Municipal realizar las gestiones pertinentes para su incorporación.—————————————————————————————————
ARTÍCULO 2o​:​ REGÍSTRESE, Comuníquese y Cumplido, ARCHÍVESE.————————-

ORDENANZA No 615/2017​.-
— ​Dada en la 15a Sesión Ordinaria del período legislativo del año 2.017 del Honorable Concejo Deliberante de Dolavon, celebrada a los 14 días del mes de Septiembre del año 2.017.—
— Acta No 871.—
-​2-

Otras ordenanzas recientes